Hemos elegido esta forma jurídica por varias razones:
- Una de las más destacadas es el capital, ya que el mínimo que hay que aportar no es muy elevado, no supera la cifra de 3,005€ y esto nos podría servir para comprar los primeros materiales necesarios y para el alquiler del local.
- El capital aportado está dividido en participaciones acumulables e indivisibles y los socios tienen preferencia a comprar las participaciones de los restantes.
- Esta empresa tiene personalidad jurídica propia, es decir, es una persona dotada con personalidad propia y con suficiente capacidad para realizar su actividad propia.
- La responsabilidad de los socios es limitada, ya que, solo responden según el capital aportado.
- Ya que la empresa está compuesta por menos de 15 miembros, no es necesario componer un Junta General, por lo que, los dos miembros que componemos la empresa seremos administradoras.
- Se tributa por el Impuesto de Sociedades, el cual tiene carácter personal, proporcional directo y personal, grava las rentas de las empresas obtenidas en el territorio español y por último, pertenece al sistema tributario español.
Derechos como socias:
- Participación de los beneficios.
- Derecho de suscripción preferente.
- Derecho a decidir y a ser elegido como administrador.
- Derecho a ser informado.
Con cuánto capital pensáis que podéis empezar??? haced una estimación
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